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Article 5

º Formulario Único Para Inscripción

Decreto 1584 de 1994 · por el cual se reglamenta la clasificación y la calificación en el registro de proponentes y se dictan otras disposiciones

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01

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º Formulario único para inscripción. En los términos del artículo 22 de la Ley 80 de 1993, se adopta el formulario de inscripción en el registro de proponentes, el cual incluirá la siguiente información

1.

Nombre, o denominación o razón social, según el caso.

2.

Documento de identificación del proponente.

3.

Nombre, documento de identidad y facultades del representante legal.

4.

Domicilio principal y dirección para notificaciones.

5.

Número de la matrícula mercantil y Cámara de Comercio donde estuviere inscrito.

6.

Fecha de adquisición de personería jurídica.

7.

Profesión, fecha de grado y número de tarjeta profesional.

8.

Información financiera, indicando

a)

Activo total;

b)

Activo corriente;

c)

Pasivo corriente;

d)

Pasivo total;

e)

Patrimonio;

f)

Ingresos operacionales.

9.

Relación de contratos indicando

a)

Contratos ejecutados;

b)

Contratos en ejecución;

c)

En relación con los contratos ejecutados la cuantía, expresada en términos de valor actualizado y los respectivos plazos y adiciones, los datos e informaciones sobre cumplimiento en contratos anteriores, experiencia, capacidad técnica y administrativa, relación de equipo y su disponibilidad, multas y sanciones impuestas y el término de su duración. Para los contratos se expresará, además, en cada caso, la actividad, especialidad y grupo dentro del cual se hayan ejecutado, así como su valor en salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de terminación del contrato o a la fecha de inscripción cuando se trate de contratos en ejecución, indicando los plazos totales de ejecución.

10.

Relación del personal vinculado a la actividad (es) en la que se clasifique el aspirante, precisando

a)

Si se trata de personal administrativo, profesionales universitarios, intermedios o tecnólogos;

b)

Tipo de vinculación.

11.

Clasificación como constructor, consultor y/o proveedor y la o las especialidades y grupo o grupos correspondientes.

12.

Calificación (K) que se otorga el proponente.

13.

Area específica en la cual se haya obtenido la experiencia, y aquella respecto de la cual se deriven los ingresos de acuerdo con los criterios de clasificación.

14.

Relación de equipo y su disponibilidad.

15.

Certificación de conformidad del sistema de calidad.

Parágrafo

El formulario anteriormente señalado será único para todos los proponentes y deberá utilizarse así mismo para las renovaciones, actualizaciones, modificaciones y cancelación de la inscripción. A los proponentes solo les será exigible el suministrar la información que por su condición corresponda.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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