Desde el dia en que este decreto sea conocido en las Aduanas, los Administradores cobrarán por derechos de importacion e internacion del sal marina, las siguientes cantidades:
Por derecho de importacion de cada 12 1/2 kilógramos, un peso ($ 1).
Por derecho de internacion de cada 12 1/2 kilógramos, un peso veinte cs ($ 1-20 cs.)
TEXTO CORRESPONDIENTE A