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Article 8

Sección De Justicia, Recompensas Y Auditoria: A) Elaboración De Proyectos Sobre Código Militar Y Colaboración Con El Departamento General De Guerra En La Corrección Y Preparación De Los Reglamentos Que Tengan Relación Con Las Leyes; B) Resolución De Solicitudes Relacionadas Con Pensiones, Auxilios, Recompensas, Etc

Decreto 300 de 1925 · Por el cual se aprueba el Reglamento orgánico del Ministerio de Guerra

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01

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º. Sección de Justicia, Recompensas y Auditoria

a)

Elaboración de proyectos sobre Código Militar y colaboración con el Departamento General de Guerra en la corrección y preparación de los reglamentos que tengan relación con las leyes;

b)

Resolución de solicitudes relacionadas con pensiones, auxilios, recompensas, etc., de militares o de sus deudos o apoderados;

c)

Reconocimiento de inválidos;

d)

Resolver y comunicar los asuntos que se relacionen con el Poder Judicial, como citaciones, suspensiones, exhortos, etc.;

e)

Gestionar con los otros Ministerios la colocación en puestos civiles de militares retirados en buenas condiciones;

f)

Todo lo referente a establecimientos penales y compañías disciplinarias; Tribunales de Honor; y

g)

Al Auditor de Guerra le corresponde la colaboración jurídica en los proyectos de leyes, reglamentos, decretos relacionados con la justicia militar; asesorar a los Concejos de Guerra que se celebren en la guarnición de Bogotá, o fuera de ella, cuando así lo disponga el Ministerio de Guerra, y emitir concepto en los asuntos que le pase en consulta el Jefe de la Sección.

02

Constitutional history

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