º La Corporación Financiera del Transporte, el Instituto Nacional del Transporte y la Dirección General-de los XIII Juegos Deportivos- Centroamericanos y del Caribe acordarán el número e identificación de los vehículos necesarios para la prestación del servicio de transporte de deportistas, e1 cual no podrá exceder de sesenta automotores. La Junta Directiva de la Corporación reglamentará la forma de controlar la prestación del servicio durante el desarrollo de los juegos.
Article 2
La Corporación Financiera Del Transporte, El Instituto Nacional Del Transporte Y La Dirección General-De Los Xiii Juegos Deportivos- Centroamericanos Y Del Caribe Acordarán El Número E Identificación De Los Vehículos Necesarios Para La Prestación Del Servicio De Transporte De Deportistas, E1 Cual No Podrá Exceder De Sesenta Automotores
Decreto 1340 de 1978 · Por el cual se dicta una disposición sobre el subsidio al Transporte Público Colectivo Urbano
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