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Article 1

Ley 8 de 1944 · Por la cual se ordena la celebración de una operación de administración y crédito, se conceden autorizaciones especiales al Municipio de Cartagena, y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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La Nación apoya y aprueba el plan de obras públicas adoptado por el Municipio de Cartagena en el acuerdo número 23 de 1943, y con el objeto de darle fiel cumplimiento, el gobierno celebrara una operación de crédito hasta por la cantidad de doce millones de pesos ($ 12.000.000.00), con una o más empresas nacionales, seminacionales o extranjeras, para financiar el plan de obras públicas a que se refiere dicho acuerdo y la presente ley, deuda que se servirá como se establece adelante.

Parágrafo 1

El gobierno nacional celebrara el contrato o contratos necesarios para la construcción de las obras referidas.

Parágrafo 2

En el contrato o contratos podrá establecerse que los prestamistas podrán ser a la vez constructores de las obras y administradores de los renglones fiscales que se destinan para servir la deuda.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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