° Los individuos de tropa de las fuerzas nacionales que se encuentran acantonadas en las plazas de Cúcuta i Ocaña, gozarán desde el 1.° del presente en adelante, hasta 31 de agosto de 1878, del mismo sobre-sueldo asignado por el artículo 1187 del Código fiscal a las fuerzas que hacen la guarnicion en el Estado de Panamá i Territorios nacionales.
Article 1
Los Individuos De Tropa De Las Fuerzas Nacionales Que Se Encuentran Acantonadas En Las Plazas De Cúcuta I Ocaña, Gozarán Desde El 1
Decreto 581 de 1877 · Por el cual se asigna a la fuerza nacional que hace la guarnición en San José de Cúcuta i Ocaña el mismo sobre sueldo que señala el artículo 1187 del Código Fiscal para la fuerza que sirve en Panamá i los Territorios nacionales; i se abre el crédito correspondiente al presupuesto nacional de gastos de 1877 a 1878
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