ARTICULO 36. De acuerdo con su frecuencia y contratación de los anteriores servicios, éstos se clasifican en
Servicios rotativos. Aquellos que se hacen permanentemente con frecuencias regulares sin tener en cuenta reservaciones de espacio y sin depender del número de pasajeros;
Servicios con reservación previa. Son aquellos que se prestan a un turista o grupo turístico con exclusividad y mediante reservación previa.