º De conformidad con los artículos 28 y 32 de la Ley 55 de 1955, 21 de la Ley 7a de 1986 y 26 de la Ley 51 de 1990, la administración de los títulos de que trata el presente Decreto podrá ser realizada directamente por la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público o podrán celebrarse contratos con entidades nacionales o extranjeros para la agencia, emisión, edición, colocación, garantía, fideicomiso y servicio de los títulos o podrá celebrarse un contrato de mandato con el Banco de la República para los mismos fines.
Article 4
º De Conformidad Con Los Artículos 28 Y 32 De La Ley 55 De 1955, 21 De La Ley 7a De 1986 Y 26 De La Ley 51 De 1990, La Administración De Los Títulos De Que Trata El Presente Decreto Podrá Ser Realizada Directamente Por La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público O Podrán Celebrarse Contratos Con Entidades Nacionales O Extranjeros Para La Agencia, Emisión, Edición, Colocación, Garantía, Fideicomiso Y Servicio De Los Títulos O Podrá Celebrarse Un Contrato De Mandato Con El Banco De La República Para Los Mismos Fines
Decreto 2707 de 1991 · por el cual se ordena la emisión y se determinan el nombre, características financieras y condiciones de emisión, colocación, negociación y amortización de los titulares de deuda pública externa de la Nación autorizados por la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones.
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