De la remuneración en especie. Constituye salario en especie la alimentación, el vestido o el alojamiento que el Departamento suministre al funcionario como parte de la retribución ordinaria del servicio. Cuando, además de la asignación básica fijada por la ley, el funcionario reciba salario en especie, ésta se valoraré expresamente en el acto administrativo de nombramiento. La valoración del salario en especie no podrá exceder el diez por ciento (10%) de la cuantía del sueldo básico.
Decreto 1046 de 1978 →In force
Article 31
De La Remuneración En Especie
Decreto 1046 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos del Departamento Nacional de Planeación, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.