JurídicoESEN

Article 1

º Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, Prohibese A Los Particulares, El Porte De Toda Clase De Armas De Fuego, En Los Siguientes Municipios Del Departamento De Boyacá: Borbur, Buenavista, Briceño, Caldas, Coper, Chiquinquirá, La Victoria, Maripí, Muzo, Otanche, Pauna, Saboyá, Tunungúa Y Quípama, Por Tanto Se Suspende La Vigencia De Salvoconductos Expedidos Para Tal Efecto, Dentro Del Territorio De Esos Municipios

Decreto 2045 de 1987 · por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Mientras subsista turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, prohibese a los particulares, el porte de toda clase de armas de fuego, en los siguientes Municipios del Departamento de Boyacá: Borbur, Buenavista, Briceño, Caldas, Coper, Chiquinquirá, La Victoria, Maripí, Muzo, Otanche, Pauna, Saboyá, Tunungúa y Quípama, por tanto se suspende la vigencia de salvoconductos expedidos para tal efecto, dentro del territorio de esos Municipios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2045 de 1987