JurídicoESEN

Article 7

Decreto 2773 de 2001 · por el cual se traslada al Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional Fopep, el pago de los pasivos pensionales que existían a cargo del Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro Fonprenor liquidado y las obligaciones reconocidas por la Superintendencia de Notariado y Registro en virtud del Decreto 1668 de 1997, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Reservas pensionales. La Superintendencia de Notariado y Registro trasladará los recursos líquidos de las reservas pensionales constituidas por "Fonprenor", que tenga en su poder al momento del traslado al Fopep, debidamente certificadas por la Superintendencia Bancaria, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Tesoro Nacional- Cuenta Fondo de Reservas para Bonos Pensionales para el pago de los correspondientes bonos pensionales o cuotas partes de bonos pensionales. Los recursos representados en títulos valores se trasladarán a precios de mercado valorados conforme al procedimiento establecido por la Contaduría General de la Nación. La Superintendencia deberá adelantar las gestiones necesarias para recuperar la totalidad de las reservas pensionales que Fonprenor haya acumulado a través de su vida institucional y las constituidas en acatamiento de la Ley 100 de 1993. Dichas reservas se destinarán al pago de los bonos pensionales y para el efecto, se trasladarán al Tesoro Nacional-Cuenta Fondo de Reservas para Bonos Pensionales. Los activos diferentes de los recursos líquidos, serán administrados por la Superintendencia y una vez se consiga su liquidez serán trasladados al Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional para el pago de las mesadas pensionales.

Parágrafo

Los recursos de que trata el presente artículo deberán ser trasladados conforme a los procedimientos y parámetros presupuestales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2773 de 2001