JurídicoESEN

Article 2.3.3.5.5.2

Criterios Y Requisitos Que Rigen El Acceso De La Población Desplazada Al Servicio Público Educativo

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Criterios y requisitos que rigen el acceso de la población desplazada al servicio público educativo. Para acceder al servicio público educativo en los términos de la presente Sección, la persona desplazada por la violencia que aspire a un cupo educativo deberá estar incluida en el Registro Único de Víctimas, conforme a lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4800 de 2011, o la norma que lo modifique, adicione, sustituya o compile.

Parágrafo

Los establecimientos educativos, efectuarán la matrícula a los educandos sin exigir los documentos que se requieran, a quien no esté en capacidad de presentarlos.

Las secretarías de educación departamentales, distritales o municipales, serán las encargadas de gestionar y obtener los mismos en un plazo no mayor de seis

(6) meses.

(Decreto 2562 de 2001, artículo 2°).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1075 de 2015