Los derechos que se causen en el otorgamiento de las escrituras de hipoteca para la vivienda de los campesinos pobres en los términos de esta ley, sólo equivaldrán al cincuenta por ciento de la tarifa ordinaria. Quedan comprendidos en esta rebaja los derechos notariales y registro, lo mismo que los que corresponden a certificados de propiedad y libertad de las fincas. Las escrituras y certificados se extenderán en papel común. Los Notarios no exigirán en el acto del otorgamiento de la escritura la presentación de la libreta militar del campesino.
Ley 46 de 1939 →In force
Article 9
Ley 46 de 1939 · Por la cual se fomenta el mejoramiento de la vivienda rural
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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