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Article 82

Para La Mejor Economía, Administración Ó Prestación De Lino O Varios Servicios Públicos En El Distrito Especial De Bogotá, Y En Otros Municipios En Desarrollo, Del Artículo 198 De La Constitución Nacional, El Concejo De Bogotá, Por Iniciativa Del Alcalde, Podrá Autorizar La Creación Y Organización De Entidades Con Regímenes Especiales Y Personería Propia, Con La Participación De Los Otros Municipios Interesados, Para Lo Cual Requerirán La Autorización De Sus Respectivos Concejos Municipales

Decreto 3133 de 1968 · por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.

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Text of the article

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Para la mejor economía, administración ó prestación de lino o varios servicios públicos en el Distrito Especial de Bogotá, y en otros Municipios en desarrollo, del artículo 198 de la Constitución Nacional, el Concejo de Bogotá, por iniciativa del Alcalde, podrá autorizar la creación y organización de entidades con regímenes especiales y personería propia, con la participación de los otros Municipios interesados, para lo cual requerirán la autorización de sus respectivos Concejos Municipales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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