Art. 2.° Hacen parte de la Universidad Nacional los siguientes establecimientos: 1.° El Instituto Salesiano de Artes de Bogotá y los demás de su clase que el Gobierno establezca en la República; 2.° Las Escuelas de Artes y Oficios que se establezcan por cuenta del Gobierno; 3.° La Escuela de Bellas Artes; 4.° La Academia Nacional de Música; 5.° Los establecimientos de instrucción gratuita y secundaria existentes ó que se funden en los Departamentos, cuyas rentas estén administradas por entidades ó funcionarios de carácter oficial; 6º La Escuela de Minas existente en la ciudad de Medellín y las demás de su clase que se funden; 7º La Escuela de Veterinaria; 8º La Biblioteca Nacional; 9º El Museo Nacional; 10º. El Observatorio Astronómico; 11º Los demás establecimientos de instrucción secundaria ó profesional que se funden por el Gobierno con el fin de dar instrucción pública y gratuita. CAPÍTULO II. DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Decreto 1238 de 1892 →In force
Article 2
Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.