º El ingreso, permanencia, ascenso y retiro de los funcionarios que desempeñan empleos en cualquiera de las categorías de que trata el artículo 11 del Decreto extraordinario 2016 de 1968 o sus equivalentes en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con el Decreto extraordinario 301 de 1983, se rigen por lo dispuesto en el precitado decreto extraordinario y en el presente reglamento. En lo no previsto en estas disposiciones, se les aplicará el régimen general de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva a nivel nacional.
Los demás empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores, se regirán por las normas generales aplicables a los empleados nacionales de la Rama Ejecutiva del Poder Público. TITULO SEGUNDO. Del régimen de la Carrera Diplomática y Consular. CAPITULO I. Del ingreso.