No podrán reingresar al servicio administrativo de la Universidad, empleados o trabajadores retirados con pensión de jubilación, por cualquier entidad oficial, excepto para ocupar cualquiera de los cargos de libre nombramiento y remoción y los demás que determine el Gobierno.
Article 98
No Podrán Reingresar Al Servicio Administrativo De La Universidad, Empleados O Trabajadores Retirados Con Pensión De Jubilación, Por Cualquier Entidad Oficial, Excepto Para Ocupar Cualquiera De Los Cargos De Libre Nombramiento Y Remoción Y Los Demás Que Determine El Gobierno
Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia
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Constitutional history
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