Las operaciones de cargue y descargue en los locales bajo el control directo de la Zona Franca serán ejecutados por el personal que ésta proporcione o autorice. En estas, operaciones la Zona Franca no será responsable de las consecuencias que provengan de indicaciones erróneas, falsas o incompletas suministradas por los interesados, ni por cualquier daño o merma que sufran las mercancías o artículos a causa de accidentes, casos fortuitos o fuerza mayor. Las mismas operaciones en dependencia bajo el control de arrendatarios serán verificadas por estos a menos que soliciten el servicio respectivo a la Zona Franca.
Decreto 2411 de 1975 →In force
Article 11
Las Operaciones De Cargue Y Descargue En Los Locales Bajo El Control Directo De La Zona Franca Serán Ejecutados Por El Personal Que Ésta Proporcione O Autorice
Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.