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Article 44

Decreto 559 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 09 de 1979 y 10 de 1990, en cuanto a la prevención, control y vigilancia de las enfermedades transmisibles, especialmente lo relacionado con la infección del Virus de Inmunodeficiencia Humana, HIV, y el Síndrome de Inmuno deficiencia Adquirida, SIDA, y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones del Consejo Nacional de SIDA, las siguientes: - Proponer la política general para el desarrollo del Programa de Prevención y Control de la Infección por el HIV y del SIDA, en aspectos éticos, jurídicos, laborales, internacionales, financieros y de movilización social, información masiva y educación sexual. - Recomendar el establecimiento de mecanismos para asegurar la participación intersectorial en las actividades del Programa. - Evaluar el desarrollo del Programa Nacional de Prevención y Control de la Infección por el HIV y del SIDA y sugerir ajustes necesarios. - Apoyar la consecución de fuentes de financiación nacional e internacional. - Prestar la asesoría que se le solicite para la preparación de acuerdos o convenios internacionales. - Aprobar los mecanismos de coordinación necesaria con los programas nacionales de los países de la Subregión Andina. - Dictar su propio reglamento interno. - Las demás que los sectores participantes consideren pertinentes en desarrollo de este Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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