º A partir del 1º de enero de 1986, reajustase en un veintidós por ciento (22%) el incremento de salario por antigüedad que venían percibiendo los empleados públicos del Sector de Servicios Técnico - Aeronáuticos, en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1310 de 1978, 276 de 1983 y 141 de 1985. Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo, resultaren centavos, se desecharán.
Article 6
º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Reajustase En Un Veintidós Por Ciento (22%) El Incremento De Salario Por Antigüedad Que Venían Percibiendo Los Empleados Públicos Del Sector De Servicios Técnico - Aeronáuticos, En Virtud De Lo Dispuesto En Los Decretos 1310 De 1978, 276 De 1983 Y 141 De 1985
Decreto 101 de 1986 · por el cual se establece la remuneración de los empleos del Sector Técnico-Aeronáutico del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones.
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