° Corresponde a los Gobernadores de los Departamentos, directamente o por conducto de los Alcaldes Municipales, velar por el cumplimiento de las normas establecidas por la Ley 163 de 1959 y el presente Decreto reglamentario, siguiendo las instrucciones que imparta el Consejo de Monumentos Nacionales. Para este efecto los Gobernadores harán uso de sus atribuciones legales e impondrán las sanciones correspondientes.
Article 6
Corresponde A Los Gobernadores De Los Departamentos, Directamente O Por Conducto De Los Alcaldes Municipales, Velar Por El Cumplimiento De Las Normas Establecidas Por La Ley 163 De 1959 Y El Presente Decreto Reglamentario, Siguiendo Las Instrucciones Que Imparta El Consejo De Monumentos Nacionales
Decreto 264 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 163 de 1959 sobre defensa y conservación del patrimonio histórico, artístico y monumentos públicos de la Nación
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Constitutional history
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