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Article 3

El Personal Autorizado Por El Presente Decreto Para La Empresa Nacional De Radiocomunicaciones, Y Los Gastos Que Demande Su Funcionamiento, Serán Pagados Por La Administración De Dicha Empresa, Con El Producto De La Explotación De Sus Servicios, Los Que Le Serán Entregados Por El Gobierno Nacional Con Cargo A Las Respectivas Apropiaciones Que Para El Efecto Se Abran En El Presupuesto Extraordinario De Gastos, Y Hasta La Concurrencia De Sus Compromisos

Decreto 1920 de 1943 · Por el cual se determina el personal del Radio Nacional y sus asignaciones

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01

Text of the article

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° El personal autorizado por el presente Decreto para la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones, y los gastos que demande su funcionamiento, serán pagados por la Administración de dicha Empresa, con el producto de la explotación de sus servicios, los que le serán entregados por el Gobierno Nacional con cargo a las respectivas apropiaciones que para el efecto se abran en el Presupuesto extraordinario de gastos, y hasta la concurrencia de sus compromisos. Comuníquese y publíquese.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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