JurídicoESEN

Article 1

Para Los Efectos De La Ley 51 De 1975, Se Entiende Por Medios De Comunicación Social Los Siguientes: A) Periódicos , Revistas O Boletines De Propiedad De Personas Naturales O Jurídicas, Que Se Publiquen Por Lo Menos Trimestralmente, Y Que Tengan Circulación Pagada, Es Decir, Que No Se Trate De Publicaciones Como Las Universitarias Y Las De Organismos Cívicos O Religiosos, Que Se Reparten En Forma Gratuita; B) Agencias De Noticias; C) Programas O Espacios Que Se Difundan Por Radio O Por Televisión Por Lo Menos Una Vez A La Semana, O Mediante Proyecciones En Las Salas De Exhibición Cinematográfica Por Lo Menos Una Vez Al Mes Y Que Tengan Carácter Informativo O Periodístico

Decreto 733 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 51 de 1975

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Para los efectos de la Ley 51 de 1975, se entiende por medios de comunicación social los siguientes

a)

Periódicos , revistas o boletines de propiedad de personas naturales o jurídicas, que se publiquen por lo menos trimestralmente, y que tengan circulación pagada, es decir, que no se trate de publicaciones como las universitarias y las de organismos cívicos o religiosos, que se reparten en forma gratuita;

b)

Agencias de noticias;

c)

Programas o espacios que se difundan por radio o por televisión por lo menos una vez a la semana, o mediante proyecciones en las salas de exhibición cinematográfica por lo menos una vez al mes y que tengan carácter informativo o periodístico. Programa informativo es aquel que suministra noticias sin comentarios de ninguna clase, y programa periodístico aquel que utiliza modalidades de la prensa escrita, como editoriales, y comentarios de noticias o de sucesos, con carácter crítico, conceptual o expositivo;

d)

Servicios informativos o de divulgación de las entidades públicas o de economía mixta, ya sean centralizadas o descentralizadas, así como los de las corporaciones legislativas de todo orden, sea que se presenten en Colombia o en el exterior.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 733 de 1976