Requisito para permanecer en comisión de estudios. El oficial o suboficial destinado en comisión de estudios en universidades, escuelas o institutos superiores distintos a los de las Fuerzas Militares, dentro del país o en el exterior, tiene la obligación de presentar al respectivo Comando de Fuerza, al término de cada periodo lectivo reglamentario, un certificado de estudios en que consten las calificaciones obtenidas en las distintas materias del pénsum correspondiente y en concepto que sobre su desempeño general tengan las directivas del respectivo centro docente. En base a dicho certificado, el Comando de Fuerza interesado recomendará la prolongación o el término de la comisión.
Decreto 1300 de 1978 →In force
Article 78
Requisito Para Permanecer En Comisión De Estudios
Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.