Curso de formación para Oficiales y Suboficiales de vigilancia . Para obtener el grado de Subteniente de la Policía Nacional o el grado de Cabo Segundo, es requisito indispensable haber cursado y aprobado los estudios reglamentarios en las escuelas de formación de Oficiales y Suboficiales, respectivamente, y ser propuestos por el Director o Comandante de la respectiva escuela Exceptuánse los alumnos de las escuelas de formación de Oficiales y Suboficiales, que sean enviados en comisión del Gobierno, a adelantar estudios en institutos del exterior para obtener el primer grado en la carrera de Oficial o Suboficial, grado que les será reconocido para su ingreso al respectivo escalafón.
Decreto 2062 de 1984 →In force
Article 17
Decreto 2062 de 1984 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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