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Article 1

Ordénase La Publicación Del Proyecto De Acto Legislativo Número 6/88 Senado, 241/88 Cámara, "por El Cual Se Autoriza Erigir En Departamento La Intendencia De Arauca", Aprobado Por El Congreso En Primera Vuelta Durante La Legislatura Ordinaria De 1988, Cuyo Texto Es Del Siguiente Tenor: "el Congreso De Colombia Decreta: Artículo 1º La Ley Puede Erigir En Departamento La Intendencia Del Arauca, Aun Cuando No Tenga El Número De Habitantes Exigidos Por Los Artículos 5º Y 6º De La Constitución Política

Decreto 57 de 1989 · por el cual se ordena la publicación de un proyecto de Acto Legislativo.

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01

Text of the article

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º. Ordénase la publicación del proyecto de Acto Legislativo número 6/88 Senado, 241/88 Cámara, "por el cual se autoriza erigir en Departamento la Intendencia de Arauca", aprobado por el Congreso en primera vuelta durante la legislatura ordinaria de 1988, cuyo texto es del siguiente tenor: "El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1º La ley puede erigir en Departamento la Intendencia del Arauca, aun cuando no tenga el número de habitantes exigidos por los artículos 5º y 6º de la Constitución Política.

Parágrafo

La ley por la cual se crea el Departamento de Arauca, no podrá afectar en ningún caso los territorios del Departamento de Boyacá, de la Intendencia del Casanare o de la Comisaría del Vichada. Artículo 2º La ley que crea el Departamento de Arauca, determinará la forma de liquidación y pago de la deuda pública que quede a su cargo. Artículo 3º El presente Acto Legislativo rige a partir de la fecha de su publicación.

02

Constitutional history

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