º El arroz despachado para puertos colombianos entre la fecha del decreto 1462 y la del presente pagará los derechos establecidos por la tarifa; pero los importadores de estos cargamentos tienen derecho á que se les devuelva el impuesto al presentar el comprobante respectivo á los Administradores de la Aduana. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1554 de 1907 →In force
Article 2
El Arroz Despachado Para Puertos Colombianos Entre La Fecha Del Decreto 1462 Y La Del Presente Pagará Los Derechos Establecidos Por La Tarifa; Pero Los Importadores De Estos Cargamentos Tienen Derecho Á Que Se Les Devuelva El Impuesto Al Presentar El Comprobante Respectivo Á Los Administradores De La Aduana
Decreto 1554 de 1907 · Por el cual se prorroga la vigencia de un decreto
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.