Articulo 1° La sociedad o compañía es un contrato por el cual dos o más personas estipulan aportar un capital a un fondo social, con el objeto de repartirse entre sí las ganancias o pérdidas que resulten de la especulación. La sociedad forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados.
Article 1
La Sociedad O Compañía Es Un Contrato Por El Cual Dos O Más Personas Estipulan Aportar Un Capital A Un Fondo Social, Con El Objeto De Repartirse Entre Sí Las Ganancias O Pérdidas Que Resulten De La Especulación
Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas
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