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Article 8

Estudios Y Diseños Previos

Decreto 1113 de 1992 · por el cual se reglamenta la Ley 76 de 1985 y los Decretos 3083, 3085 y 3086 de 1986, en lo relativo a la ejecución de recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Estudios y diseños previos. Para la financiación de proyectos de estudios y diseños previos, los Consejos Regionales de Planificación podrán

a)

Pagar con cargo a los recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional, los servicios de consultoría que requiera contratar la entidad interesada o la propia región de planificación, para efectuar los estudios y diseños previos a un proyecto;

b)

Agrupar varios proyectos correspondientes a un mismo programa o a programas similares, con el fin de que los estudios y diseños previos puedan ser efectuados en desarrollo de un mismo contrato de consultoría.

Parágrafo

Los estudios de consultoría de que trata este artículo se contratarán previo concurso de méritos, conforme a las reglas del Decreto 222 de 1983, si su valor es igual o superior a $ 5.000.000.00. En todo caso se designarán interventores, a quienes corresponderá aprobar los estudios y diseños previos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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