JurídicoESEN

Article 5

º La Devolución De Impuesto Sobre Las Ventas Por La Adquisición De Bienes Corporales Muebles Gravados En La Zona De Frontera Se Efectuará Por La Administración De Impuestos Y Aduanas Nacionales De Cúcuta Siguiendo El Procedimiento Establecdio En El Estatuto Tributario Y Demás Normas Concordantes, Previas Las Verificaciones Que Sean Del Caso

Decreto 1138 de 1994 · por el cual se reglamenta la Devolución del Impuesto sobre las Ventas en la zona de Frontera de los Municipios de Cúcuta, Villa del Rosario y Pamplona.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º La devolución de impuesto sobre las ventas por la adquisición de bienes corporales muebles gravados en la Zona de Frontera se efectuará por la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Cúcuta siguiendo el procedimiento establecdio en el Estatuto Tributario y demás normas concordantes, previas las verificaciones que sean del caso. La devolución debe efectuarse dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de la presentación de la solicitud en debida forma, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 857-1 Estatuto Tributario.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1138 de 1994