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Article 27

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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Text of the article

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ARTICULO 27 . Son funciones de la División de Recaudo y Cobranzas

a)

Velar por el efectivo recaudo y cobro persuasivo o coactivo de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, recargos y los demás gravámenes que según las disposiciones legales, le competen a la Dirección General de Aduanas;

b)

Elaborar el programa anual de recaudo y cobranzas y hacer el seguimiento de su ejecución;

c)

Ejercer el control y proyectar las sanciones cuando fuere del caso a las entidades autorizadas para recaudar y cobrar los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, recargos, y los demás gravámenes que establecen las disposiciones legales, de competencia de la Dirección General de Aduanas;

d)

Adelantar gestiones de cobro persuasivo y supervisar que se lleven a cabo las de cobro coactivo;

e)

Elaborar, analizar y presentar informes estadísticos, sobre el recaudo administrado por la Dirección General de Aduanas.

02

Constitutional history

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