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Article 396

Excepciones

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Excepciones . No podrán exportarse bajo la modalidad de muestras sin valor comercial los siguientes productos

1.

Café.

2.

Esmeraldas.

3.

Artículos manufacturados de metales preciosos.

4.

Oro y sus aleaciones.

5.

Platino y metales del grupo platino.

6.

Cenizas de orfebrería, residuos o desperdicios de oro.

7.

Productos minerales con concentrados auríferos, plata y platino.

8.

Plasma humano, órganos humanos, estupefacientes y los productos cuya expor­tación está prohibida, tales como los bienes que forman parte del patrimonio artístico, histórico y arqueológico de la Nación. No quedan comprendidas en la prohibición aquí prevista, las exportaciones de muestras de café efectuadas por la Federación Nacional de Cafeteros o las que de este producto se realicen mediante programas de exportación autorizados por la Federación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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