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Article 2

Ley 47 de 1946 · Por la cual se dictan algunas disposiciones electorales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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En las referidas elecciones se votará en una sola papeleta, que estará dividida en tres secciones, en que figurarán en su orden las listas de candidatos para Senadores, Representantes y Diputados, y que se separarán debidamente por lineas perforadas.

Parágrafo 1

A tiempo de verificarse el escrutinio en los Jurados de votación se hará la correspondiente separación de las listas, en cada boleta, para hacer el cómputo separado de ellas

Parágrafo 2

El hecho de que dentro del sobre, que contenga el voto, se encuentren desprendidas las listas para Senadores o Representantes o Diputados, o todas ellas, no acarrea su nulidad, como tampoco el que el elector se abstenga de sufragar por una o dos de las tres listas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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