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Article 87

La Universidad Procurará Que En Los Domingos Y Días Feriados Haya Servicio De Entrenadores Deportivos Para Los Empleados Y Trabajadores, Patrocinará Las Actividades Deportivas De Ellos, Concederá Los Permisos Para Los Entrenamientos Y Encuentros De Acuerdo Con La Reglamentación Respectiva Y Según Las Posibilidades Presupuéstales Y Propiciará La Participación De Los Deportistas Que Estén En Capacidad De Competir En Eventos Regionales, Nacionales E Internacionales Que Sean Empleados De La Universidad Y Compitan Representándola

Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia

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La Universidad procurará que en los domingos y días feriados haya servicio de entrenadores deportivos para los empleados y trabajadores, patrocinará las actividades deportivas de ellos, concederá los permisos para los entrenamientos y encuentros de acuerdo con la reglamentación respectiva y según las posibilidades presupuéstales y propiciará la participación de los deportistas que estén en capacidad de competir en eventos regionales, nacionales e internacionales que sean empleados de la Universidad y compitan representándola. CAPITULO XII. Retiro.

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Constitutional history

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