Estas propuestas serán analizadas y evaluadas por un comité compuesto al menos por tres (3) funcionarios, designados por el jefe del organismo contratante, teniendo en cuenta la especialidad que implique el contrato. Si en la planta de personal de dicho organismo no hubiere ingenieros o arquitectos matriculados, se solicitará al Ministerio de Obras Públicas y Transporte la designación de dos (2) de sus funcionarios, siendo de cargo de la entidad solicitante los gastos que ocasionaren por viáticos y desplazamientos. Si dentro de los quince (15) días siguientes a la solicitud de nombramiento, el Ministerio no ha hecho la designación, la entidad podrá contratarlos .
Decreto 106 de 1977 →In force
Article 49
Estas Propuestas Serán Analizadas Y Evaluadas Por Un Comité Compuesto Al Menos Por Tres (3) Funcionarios, Designados Por El Jefe Del Organismo Contratante, Teniendo En Cuenta La Especialidad Que Implique El Contrato
Decreto 106 de 1977 · Por el cual se dictan normas sobre registro de proponentes, concursos de méritos y presentación conjunta de propuestas
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.