Los reglamentos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, prescribirán el monto de las transferencias que deban hacerse al régimen de enfermedad general y maternidad con cargo al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte y al de Riesgos Profesionales por las prestaciones medico-asistenciales que se otorguen, bien sea a los pensionados o bien a los afiliados en caso de accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.
Article 18
Los Reglamentos Del Instituto Colombiano De Seguros Sociales, Prescribirán El Monto De Las Transferencias Que Deban Hacerse Al Régimen De Enfermedad General Y Maternidad Con Cargo Al Seguro De Invalidez, Vejez Y Muerte Y Al De Riesgos Profesionales Por Las Prestaciones Medico-Asistenciales Que Se Otorguen, Bien Sea A Los Pensionados O Bien A Los Afiliados En Caso De Accidente De Trabajo Y Enfermedad Profesional
Decreto 1935 de 1973 · Por el cual se sustituye el texto del Decreto 687 y se modifican algunas normas del Decreto número 433 de 1971 y se dictan otras disposiciones
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