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Article 23

Son Deducibles Los Gastos En Reparaciones Locativas De La Propiedad Inmueble Cuando Se Hayan Cumplido Los Requisitos Sobre Pagos A Terceros

Decreto 154 de 1968 · por medio del cual se reglamenta el Decreto-ley número 1366 de 1967, la Ley 63 de 1967 y otras disposiciones relativas al impuesto de renta y complementarios.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Son deducibles los gastos en reparaciones locativas de la propiedad inmueble cuando se hayan cumplido los requisitos sobre pagos a terceros. El valor de la deducción por este concepto no podrá exceder el diez por ciento (10%) del total de la renta de goce y la proveniente de arrendamientos. Cuando en uno o varios años no se hicieren reparaciones locativas al inmueble productor de renta, o se hicieren en cuantía inferior al diez por ciento (10%) del total de la renta de goce y la proveniente de arrendamientos del ejercicio fiscal respectivo, el saldo de porcentaje no solicitado podrá acumularse al del año gravable en que el valor de las reparaciones fuere superior, sin que la deducción pueda exceder el ciento por ciento (100%) de la renta de goce y de arrendamientos en el año en que se solicita la deducción. También podrá acumularse a ejercicios posteriores la parte del diez por ciento (10%) solicitada que por incumplimiento de otros requisitos legales fuere rechazada por la oficina liquidadora. En la liquidación oficial deberá expresarse, cuando sea el caso, el saldo para reparaciones locativas susceptible de acumularse, por el mismo concepto, en los ejercicios fiscales siguientes. 2. Intereses.

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Constitutional history

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