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Article 17

La Aduana De Origen Debe Elaborar La Planilla De Tránsito Correspondiente En Varios Ejemplares Y Transmitir Inmediatamente Un Resumen Cablegráfico De Ella A La Aduana De Bogotá O Cartagena, Según Se Trate, Con Copia A La Corporación De Los Centros De Convenciones Y Exposiciones

Decreto 2297 de 1990 · por el cual se autoriza el funcionamiento de Zonas Francas Transitorias en los recintos de los Centros de Convenciones y Exposiciones Gonzalo Jiménez de Quezada, de Bogotá, y Cartagena de Indias de Cartagena, para eventos de carácter internacional.

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01

Text of the article

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La Aduana de origen debe elaborar la planilla de tránsito correspondiente en varios ejemplares y transmitir inmediatamente un resumen cablegráfico de ella a la Aduana de Bogotá o Cartagena, según se trate, con copia a la Corporación de los Centros de Convenciones y Exposiciones. Un ejemplar de la planilla será entregado al transportador para su presentación y descargue en la Zona Franca Aduanera Transitoria. Estos documentos deben indicar las medidas de identificación tomadas y las condiciones impuestas, así como la fecha en que se han puesto a disposición del interesado las mercaderías para transportarlas en tránsito aduanero.

02

Constitutional history

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