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Article 12

Patrimonio

Decreto 1565 de 1996 · por el cual se organiza la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, ICT, y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Patrimonio . El patrimonio de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, ICT, estará constituido por

1.

Los activos y pasivos enumerados en el artículo segundo del presente decreto.

2.

Las partidas destinadas dentro del presupuesto nacional al funcionamiento, pago del servicio de la deuda y a la inversión del antiguo ICT asignadas al INURBE, las cuales se entenderán destinadas a la Unidad a partir de la promulgación del decreto de traslados presupuestales que el Gobierno Nacional expida en desarrollo del artículo 7º de la Ley 281 de 1996.

3.

Las sumas o valores que la Unidad recaude por cartera y el producto de venta de los bienes que enajene.

4.

Los recursos que reciba de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y entidades internacionales.

5.

Los demás bienes y rentas que la Unidas reciba o adquiera a cualquier título y los que le asignen las leyes.

02

Constitutional history

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