Glucosa . Las importaciones de mercancías originarias de Estados Unidos de América clasificadas por las líneas arancelarias 1702302000, y 1702309000 , quedarán libres de arancel en cualquier año calendario especificado siempre que no excedan el contingente establecido para cada uno de dichos años. Toneladas Métricas Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 10.500 11.025 11.576 12.155 12.763 13.401 14.071 14.775 15.513 Ilimitado Las cantidades ingresarán sobre una base de primero en llegar/primer servido. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Glucosa originaria de Estados Unidos de América y comprendida en las subpartidas arancelarias 1702302000, y 1702309000, que excedan el contingente establecido en este artículo, deberán ser eliminados en diez etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este Acuerdo entre en vigor, y dichas mercancías deberán quedar libres de aranceles a partir del 1° de enero del año diez, así: Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 28% 25,2% 22,4% 19,6% 16,8% 14,0% 11,2% 8,4% 5,6% 2,8% 0,0%
Decreto 730 de 2012 →In force
Article 42
Glucosa
Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.