De la coexistencia de otros procesos en el procedimiento sancionatorio. La existencia de un proceso penal o de otra índole no dará lugar a suspensión del proceso sancionatorio.
(Artículo 46 del Decreto 2240 de 1996)
De La Coexistencia De Otros Procesos En El Procedimiento Sancionatorio
Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social
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De la coexistencia de otros procesos en el procedimiento sancionatorio. La existencia de un proceso penal o de otra índole no dará lugar a suspensión del proceso sancionatorio.
(Artículo 46 del Decreto 2240 de 1996)
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