JurídicoESEN

Article 2.7.5.6

Declaración, Liquidación Y Pago De Los Derechos De Explotación, Gastos De Administración E Intereses Moratorios

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios. Dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los operadores autorizados, con base en el formulario de declaración, liquidación y pago, deberán efectuar el pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios a que hubiere lugar, en los bancos y/o entidades financieras autorizados por Coljuegos.

Dentro del mismo término, presentarán ante Coljuegos, debidamente diligenciado, el formulario de declaración, liquidación y pago, y el respectivo comprobante de consignación.

Parágrafo 1

Coljuegos adoptará mediante acto administrativo los requisitos que considere necesarios para la liquidación, declaración y pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios y mantendrá en su página electrónica el formulario de declaración, liquidación y pago.

Parágrafo 2

Para efectos del presente título, los ingresos brutos que sirven de base para la liquidación de los derechos de explotación y gastos de administración corresponden al valor total de las apuestas realizadas, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (1 VA). Cuando los elementos de juego estén gravados con IVA presuntivo, el valor del impuesto no se sumará, ni se descontará de la base de liquidación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.7.5.6. Declaración, liquidación y pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios. Dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los operadores autorizados, con base en el formulario de declaración, liquidación y pago, deberán efectuar el pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios a que hubiere lugar, en los bancos y/o entidades financieras autorizados por Coljuegos.

Dentro del mismo término, presentarán ante Coljuegos, debidamente diligenciado, el formulario de declaración, liquidación y pago, y el respectivo comprobante de consignación.

Parágrafo 1

Coljuegos adoptará mediante acto administrativo los requisitos que considere necesarios para la liquidación, declaración y pago de los derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios y mantendrá en su página electrónica el formulario de declaración, liquidación y pago.

Parágrafo 2

Para efectos del presente título y tratándose de los demás juegos localizados a que se hace referencia en el numeral 5 del artículo 34 de la Ley 643 de 2001, los ingresos brutos que sirven de base para la liquidación de los derechos de explotación y gastos de administración corresponden al valor total de las apuestas realizadas sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

(Art. 6 Decreto 1278 de 2014)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1068 de 2015