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Article 276

Restricciones En La Importación De Tráfico Postal

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Restricciones en la importación de tráfico postal. Bajo este régimen no podrán ingresar: Monedas, billetes de banco, papeles de banco, papel moneda o cualquier otro título valor al portador y cheques de viaje. Platino, oro o plata, manufacturados o no, pedrería, alhajas y otros objetos preciosos. Armas, partes, accesorios y componentes, así como sus municiones. Productos precursores en la elaboración de narcóticos, estupefacientes. Medicamentos no autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social o laentidad que haga sus veces. Mercancías cuya importación se encuentre prohibida de conformidad con lo establecido en el artículo 182 del presente decreto. Cuando el operador postal oficial o concesionario de correos encuentre mercancías de las relacionadas en el presente artículo, deberá ponerlas a disposición de la autoridad aduanera del lugar de arribo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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