En segundo debate no se admiten modificaciones sustanciales o artículos nuevos distintos a los presentados por la Comisión, salvo que así lo adopte el Consejo por mayoría de las dos terceras partes de sus miembros. Solo es admisible la proposición de que el proyecto vuelva a la Comisión, la cual, una vez aprobada, tiene el efecto de que el proyecto al regresar a la Comisión, sea discutido artículo por artículo, o solamente determinados artículos, según lo disponga el Consejo.
Decreto 465 de 1964 →In force
Article 75
En Segundo Debate No Se Admiten Modificaciones Sustanciales O Artículos Nuevos Distintos A Los Presentados Por La Comisión, Salvo Que Así Lo Adopte El Consejo Por Mayoría De Las Dos Terceras Partes De Sus Miembros
Decreto 465 de 1964 · por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 3 de 1963 (enero 28), del Consejo Intendencial de la Guajira, sobre reglamento para el régimen interno del Consejo.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
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02
Constitutional history
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