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Article 5

º

Decreto 547 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la expedición del Registro Sanitario, y a las condiciones sanitarias de producción, empaque y comercialización, al control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia.

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01

Text of the article

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º . De los requisitos físico-químicos. La sal para consumo humano deberá cumplir con los siguientes requisitos: Requisitos Límite Mínimo Máximo Contenido cloruro de sodio, expresado como Na, Cl, % m/m base seca 99,00 Contenido de humedad entre 100ºC y 110ºC % m/m 0,20 Contenido de flúor, expresado como Fluoruro, en mg/kg (ppm) 180 220 Contenido de yodo, expresado como Yoduro, en mg/kg (ppm) 50 100 Contenido de sulfatos, expresado como SO4=, en mg/kg 2800 Contenido de calcio, expresado como Ca +2 en mg/kg 1000 Contenido de magnesio, expresado como Mg +2 en mg/kg 800 Otros insolubles en agua, en mg/kg 1600 Contaminantes 1 Plomo en mg/kg 1 Arsénico en mg/kg Granulometría Pasa Malla 20 80,00 Pasa Malla 70 20,00

Parágrafo

Se permite el uso de los siguientes anticompactantes y antihumectantes: Ferrocianuro de potasio hasta 10 mg/kg de sal; Ferrocianuro de sodio hasta 10 mg/kg de sal; Silicoaluminato de sodio hasta 200 mg/kg de sal. La utilización de sustancias anticompactantes y antihumectantes diferentes a las contempladas en el presente Decreto, deberán ser sometidas a estudio y aprobación del Ministerio de Salud. CAPITULO III. De los requisitos y condiciones sanitarias, proceso, reempaque o reenvase y comercialización de la sal para consumo humano

02

Constitutional history

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