Las operaciones del Habilitado son las siguientes: El día 1° de cada mes, en vista del acta del Consejo administrativo, el Habilitado formará por duplicado el respectivo recibo por raciones de tropa en la semana y para alumbrado y escritorio durante el mes. Este vale lo anotará el Fiscal ó Mayor del Cuerpo y será presentado á la Oficina ordenadora. Recibido su valor describirá en el Libro de Caja el correspondiente artículo. Terminada la semana legajará los vales por personal en el orden de días y lo cambiará por uno general; luego se reunirán los correspondientes al mes bajo una carátula que exprese su cuantía y el Capítulo y Artículo del Presupuesto de Gastos al cual debe imputarse tal erogación. Cada legajo parcial motivará la descripción de un artículo en el Libro de Caja. En la segunda semana se incluirá en el recibo el valor de la quinta parte del sueldo devengado por los Jefes y Oficiales y se describirá la correspondiente partida, continuando así hasta la última semana, en que percibido el completo del haber mensual, previas deducciones de Hospitalidades causadas por Jefes y Oficiales, radicaciones, sueldos anticipados y Montepío militar, se agregarán al último legajo de vales los de ajustamientos y se describirá la partida. En el mismo día útil confrontada que sea por el Estado Mayor ó Comandancia respectiva la situación de Hospitalidades, se formará el legajo del caso y se describirá el artículo correspondiente. Concluída la justificación de lo invertido en el personal, se formará un solo legajo de los documentos referentes al material y se describirá la partida. TITULO II DE LOS SUELDOS, SOBRESUELDOS, HOSPITALIDADES Y DISPOSICIONES GENERALES. CAPITULO I DEL SUELDO.
Decreto 153 de 1897 →In force
Article 44
Las Operaciones Del Habilitado Son Las Siguientes: El Día 1° De Cada Mes, En Vista Del Acta Del Consejo Administrativo, El Habilitado Formará Por Duplicado El Respectivo Recibo Por Raciones De Tropa En La Semana Y Para Alumbrado Y Escritorio Durante El Mes
Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.