Entrega del subsidio. Es el acto mediante el cual la entidad otorgante del subsidio familiar de vivienda, transfiere el valor del mismo a quien suministre o financie la solución de vivienda escogida por el beneficiario. La entrega del subsidio se realizará contra la presentación de la escritura de compraventa y su registro inmobiliario, o de la escritura de mejoras. En todo caso la entidad otorgante podrá exigir como requisito para la entrega del subsidio, la verificación del cumplimiento de las condiciones urbanísticas y técnicas del proyecto y de la solución de vivienda. Los servicios públicos domiciliarios deberán estar disponibles al momento de la entrega del subsidio. Estos podrán ser provistos a través de la utilización de tecnologías apropiadas, según la reglamentación vigente sobre la materia.
Decreto 706 de 1995 →In force
Article 45
Decreto 706 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 03 de 1991 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda en dinero para áreas urbanas.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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