Solamente se autorizará la venta de armas de defensa personal y se expedirá salvoconductos nacionales para las mismas, de acuerdo con reglamentación que expida el Comando General de las Fuerzas Militares, previa presentación de la documentación de que tratan las normas legales para tal fin.
Article 153
Solamente Se Autorizará La Venta De Armas De Defensa Personal Y Se Expedirá Salvoconductos Nacionales Para Las Mismas, De Acuerdo Con Reglamentación Que Expida El Comando General De Las Fuerzas Militares, Previa Presentación De La Documentación De Que Tratan Las Normas Legales Para Tal Fin
Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios
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Constitutional history
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