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Article 177

Contenido De La Escritura Pública De Fusión

Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO

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1 ruling reviewed it
01

Text of the article

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Cumplido lo prescrito en los artículos anteriores, podrá formalizarse el acuerdo de fusión. En la escritura se insertarán:

1.

El permiso para la fusión en los casos exigidos por las normas sobre prácticas comerciales restrictivas;

2.

Tratándose de sociedades vigiladas, la aprobación oficial del avalúo de los bienes en especie que haya de recibir la absorbente o la nueva sociedad;

3.

Copias de las actas en que conste la aprobación del acuerdo;

4.

Si fuere el caso, el permiso de la Superintendencia para colocar las acciones o determinar las cuotas sociales que correspondan a cada socio o accionista de las sociedades absorbidas, y

5.

Los balances generales de las sociedades fusionadas y el consolidado de la absorbente o de la nueva sociedad.

02

Constitutional history

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  1. 1993
    C-486/93Constitutional reviewUPHELD
1 ruling · source: the operative part of each ruling
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