JurídicoESEN

Article 3

Decreto 620 de 2000 · Por el cual se establecen reglas y criterios para la evaluación de docentes en ejercicio, al servicio del Estado y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . La primera evaluación se efectuará en las fechas que señale el Ministerio de Educación Nacional y se aplicará a los docentes que laboren en el nivel de preescolar, el ciclo de educación básica, el ciclo de educación media académica. Igualmente participarán en el proceso de evaluación los docentes que laboran en las áreas obligatorias y fundamentales en los institutos técnicos, establecimientos de educación media técnica o diversificada y en las escuelas normales superiores.

Parágrafo

El Ministerio de Educación Nacional determinará las fechas en las cuales podrán participar por primera vez en su evaluación los siguientes educadores

1.

Los que trabajan en educación especial.

2.

Los que trabajan en educación indígena.

3.

Los docentes en las especialidades técnicas, en la educación media técnica y el ciclo complementario de las Escuelas Normales.

4.

Los orientadores escolares.

5.

Todos los directivos docentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 620 de 2000